martes, 3 de junio de 2008

Reflexion

Sin duda nuestro grupo piensa que la motocicleta no es el mejor medio de transporte ya que el pargolpes de ella, es uno mismo, por los descuidos que se tienel, por "olvidos", por lo accidentes, y lo poco segura que es la misma, a pesar de las leyes, normal y reglas para las motos, nada garatiza ni cumpliendo con las mismas, que todo salga bien siempre, es recomendable tenes mucho cuidado y talves a veces es preferible caminar =)

Reglamento


CAPÍTULO V
DE LA CIRCULACIÓN DE BICICLETAS Y MOTOCICLETAS


Artículo 29.- Los ciclistas y motociclistas deben:

I. Respetar las señales de tránsito y las indicaciones de los agentes y del personal de apoyo vial;
II. Circular en el sentido de la vía;
III. Llevar a bordo sólo al número de personas para el que exista asiento disponible;
IV. Usar casco. Los acompañantes también deberán portarlo;
V. Utilizar un sólo carril de circulación;
VI. Rebasar sólo por el carril izquierdo;
VII. El ciclista debe usar aditamentos o bandas reflejantes para uso nocturno;
VIII. El ciclista debe circular a la extrema derecha de la vía sobre la que transite y procederá con cuidado a rebasar vehículos estacionados;
IX. En el caso de motocicletas, circular en todo tiempo con las luces encendidas.

Dentro de la zona urbana, en las rutas donde se cuente con ciclovía, los ciclistas se encuentran obligados a circular en ella.

Los ciclistas que no cumplan con las obligaciones de este Reglamento, serán amonestados verbalmente por los agentes y orientados a conducirse de conformidad con lo establecido por las disposiciones aplicables.

El motociclista que incumpla lo dispuesto en este artículo, se sancionará con base en la siguiente tabla:

Fracción Sanción con multa equivalente en días del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal
I, IV, V, VI y IX 5 días
II y III 10 días


Artículo 30.- Se prohíbe a los ciclistas y motociclistas:

I. Circular por los carriles centrales o interiores de las vías primarias y en donde así lo indique el señalamiento de las vías de acceso controlado, salvo cuando mediante aviso publicado en la Gaceta Oficial, la Secretaría y Seguridad Pública determinen horarios y días permitidos en dichas vialidades;
II. Circular entre carriles;
III. Circular por los carriles exclusivos para el transporte público de pasajeros;
IV. Circular sobre las banquetas y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones;
V. Transportar a un pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manubrio;
VI. Transportar carga que impida mantener ambas manos sobre el manubrio, y un debido control del vehículo o su necesaria estabilidad;
VII. Asirse o sujetarse a otros vehículos en movimiento; y
VIII. En el caso de motocicletas, transportar pasajeros menores de 12 años de edad.

Los ciclistas que no cumplan con las obligaciones de este Reglamento, serán amonestados verbalmente por los agentes y orientados a conducirse de conformidad con lo establecido por las disposiciones aplicables.

El motociclista que incumpla lo dispuesto en este artículo, se sancionará con base en la siguiente tabla:

Fracción Sanción con multa equivalente en días del salario mínimo general vigente en el Distrito Federal
V 5 días
II, IV, VI, VII y VIII 10 días
I y III 20 días




Para Tener en Cuenta

Algunos videos de terribles accidentes apra empesar a tomar precausiones a la hora de subir a uan motocicleta










lunes, 2 de junio de 2008

Seguridad Vial: Motociclismo

Campaña para el uso del casco

Con el objetivo de proteger a conductores y peatones, evitar accidentes y contribuir a ordenar el tránsito, el Gobierno de la Ciudad inició una campaña para el uso obligatorio de cascos de protección en los conductores de motos.
La campaña se compone de diversas etapas. En primer lugar, se realizó la distribución de folletos desplegables que detallan el problema de los accidentes de moto, el tipo de lesiones que ocasionan y las razones para el uso del casco.
Hasta el 19 de febrero el Gobierno de la Ciudad realizará más de 30 operativos de difusión en distintos recorridos y en puestos fijos ubicados en esquinas céntricas. Estos operativos se desarrollarán entre las 10 y las 15 horas.
Próximamente, la Policía Federal comenzará a controlar el uso del casco. Aquellos conductores que no lo utilicen serán notificados acerca de la necesidad de cumplir la ley de empleo obligatorio del casco protector, serán registrados y se les informará que en marzo comenzarán a aplicarse multas a aquellos que incumplan las disposiciones.
A lo largo de todo este proceso, el Gobierno de la Ciudad implementará una campaña de concientización a través de la distribución de folletos, fijación de afiches de vía pública y difusión de mensajes en radio.
Por qué usar casco
En la Ciudad existen más de 65 mil motos empadronadas y la mayor parte de los conductores son jóvenes. En los últimos años, se registraron más de mil accidentes anuales de moto, según datos del sistema público de Salud.
De acuerdo a la Policía Federal, el promedio fue de 663.
Según estándares internacionales, la posibilidad de un accidente mortal para el usuario de un vehículo de dos ruedas es 13 veces mayor que para el conductor de un automóvil. Los cascos tienen una efectividad del 67% en la prevención de lesiones cerebrales. En Buenos Aires la mayoría de los conductores no lo utiliza, por lo que estos motociclistas tienen tres veces más posibilidades de sufrir daños cerebrales que aquellos que lo usan.
Por tratarse de un sector particularmente vulnerable y focalizado, el Gobierno ya inició rondas de diálogo, concientización y capacitación con diversas asociaciones de motoqueros. La campaña sobre el uso obligatorio del casco se articula -en cuanto a la población joven- con la de la restricción de la venta de alcohol en la Ciudad.En los últimos meses el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires intensificó los esfuerzos y campañas con el objetivo de reordenar el tránsito para hacerlo más seguro y fluido.
Estas campañas buscan obtener una mejor calidad de vida en el espacio público y la protección de la salud y la vida de los vecinos de la Ciudad.Así como uno de los objetivos de la campaña contra la venta irrestricta de alcohol son los jóvenes, de la misma manera esta campaña para el uso del casco tiene como destino también a los jóvenes como los más vulnerables.
De acuerdo a datos procesados por el Centro de Emergentología del Hospital Fernández, entre diciembre de 1997 y diciembre de 2000 ingresaron 6058 víctimas de accidentes de tránsito. 1224 eran víctimas de accidentes de motos.
En el año 2000, 44 del total de todas las víctimas de accidentes ingresadas a ese hospital debieron ser derivados por politraumatismos al servicio de terapia intensiva, y 13 de ellos eran conductores de motos.
Los datos producidos por el Hospital Fernández sobre los tres últimos años indican que en la Ciudad se produjeron:
-1214 accidentes de moto
-La cifra representa el 22 por ciento del total de accidentes de tránsito.
-Sólo el 33 por ciento de los conductores llevaban casco.
-El promedio de edad de las víctimas fue de 26 años.
-El 25 por ciento debieron ser internados.
El politraumatismo es el conjunto de lesiones que aparece con mayor frecuencia en los accidentes de motos. Según diversos estudios, supone entre el 30 y el 40 por ciento de los heridos en este tipo de accidentes.
Las lesiones craneoencefálicas suelen producir gravísimas lesiones cerebrales. Las secuelas son coma, infecciones, síndrome posconfusional, desencadenamiento de psicosos, parálisis espásticas, afasias, epilepsias o neurosis postraumáticas. Otras lesiones frecuentes son en la columna vertebral, las torácicas, pélvicas y de las extremidades.

El uso de cascos de protección para uso vehicular está contemplado como mecanismo de seguridad obligatorio en la Ley de Tránsito en vigencia.
La reglamentación actual describe normativas de seguridad y calidad en diversos tipos de casco según de qué moto se trate. Los cascos bien diseñados se componen de una serie de elementos más complejos, como el casco de protección en sí mismo, la cáscara, los rellenos de amortiguación y confort, un sistema de retención, barbijo, mentonera, visera, protección maxilar y de la nuca, visera, etc.
Accidentes de motos: costos económicos
Las consecuencias físicas, psíquicas, emocionales y económicas afectan de manera evidente a los individuos accidentados pero también a su entorno familiar y afectivo y al conjunto de la sociedad. Además, muchos accidentes de motos también pueden producir choques en cadena. El costo de los accidentes nunca es estrictamente individual ni familiar.
Demanda también importantes recursos económicos por cada herido: actuación de equipos de emergencia, internación, tratamiento, derivaciones, recuperación o discapacidades diversas, muerte.
Tomando en cuenta los costos que provoca la atención médica en las fases prehospitalaria, hospitalaria inicial y definitiva, la atención de los 7.000 heridos anuales implica una cifra de $8.767.120. Estas cifras se calculan según protocolos científicos y tomando como referencia el Nomenclador Nacional de Prestaciones de Servicios de Salud, que es por lo que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires les factura a las obras sociales.
Es un cálculo sumamente conservador ya que no tiene en cuenta los costos fijos de personal ni de infraestructura hospitalaria. Organizaciones No Gubernamentales reconocidas estiman que el costo de atención de un paciente grave es de $70.000. En este caso tampoco se tiene en cuenta el costo por lucro cesante de la víctima, ni de los familiares que deben acudir en su auxilio, ni los costos de reparación de la infraestructura dañada.
Según otras estimaciones hechas por el SAME, se puede afirmar que la atención de un traumatismo grave de accidente en moto, de aproximadamente 30 días de internación en terapia intensiva, cuesta alrededor de 50.000 pesos.
Esa cifra equivale a:
-5700 Kg. de leche fortificada-tratamientos antibióticos para 9500 chicos
-712 tratamientos para personas con epilepsia
-20.830 tratamientos para personas que padecen hipertensión
-Tratamientos vitamínicos para 14.500 chicos
-1690 dosis de vacuna antigripal
Algunos datos y cifras sobre accidentes en la Ciudad de Buenos Aires
2001

Un total de 468 víctimas
Un 24,6 % del total fueron víctimas de accidentes de tránsito
El 33 % usaba casco en el momento del accidente
El 89,3 % eran hombres
La edad promedio de los accidentados era de 26 años
El 22, 4 % fueron internados
2002
Un total de 378 víctimas
Un 22, 2 % del total fueron víctimas de accidentes de tránsito.
El 35,4 % usaba casco en el momento del accidente
El 90,7 % eran hombres
La edad promedio de los accidentados era de 27 años
El 29 % fueron internados
2003
Un total de 368 víctimas
Un 19,6 % del total fueron víctimas de accidentes de tránsito
El 31,3 % usaba casco en el momento del accidente
El 91 % eran hombres
La edad promedio de los accidentados era de 28 años
El 25 % fueron internados

Datos de accidentes según Policía Federal:
Heridos

Peatones embestidos por motos
22 (2000)

30 (2001)

91 (2002)

173 (2003)
Choque entre motos y vehículos
432 (2000)

293 (2001)

494 (2002)

486 (2003)
Total heridos en accidentes con motos
454 (2000)

323 (2001)

555 (2002)

659 (2003)

Datos de accidentes según Policía Federal:
Víctimas fatales


Peatones embestidos por motos

0 (2000)

2 (2001)

1 (2002)

0 (2003)

Choque entre motos y vehículos
29 (2000)

19 (2001)

39 (2002)

17 (2003)

Total víctimas fatales con motos
29 (2000)

21 (2001)

40 (2002)

17 (2003)

Relación víctimas por motos/total víctimas
14% (2000)
9,50% (2001)
19,80% (2002)
12% (2003)